Vista la transacción celebrada en fecha primero (1°) de marzo de 2016, entre la abogada en ejercicio ORYELLY DEL VALLE CASTRO ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.147.643, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 129.300, apoderada judicial de la parte demandante, ciudadanos LUIS ORLANDO GUAUQUE GARCÍA, MARCO ANTONIO GUAUQUE GARCÍA, MIRYAN SOCORRO GUAUQUE GARCÍA, MAXIMO ANTONIO GUAUQUE GARCÍA, JORGE ANTONIO GUAUQUE GARCÍA, IVÁN DE JESUS GUAUQUE GARCÍA, YANETH CECILIA GUAUQUE GARCÍA, KAREN PAOLA PEÑA GUAUQUE, CARMEN ROSA GUAUQUE GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.741.711, V-9.140.235, V-9.142.058, V-9.145.374, V-9.145.373, V-9.144.912, V-9.467.946, V-18.459.517 y V-5.741.001, en su orden, y la demandada, ciudadana ZULAY PARIS HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.304.825, asistida en este acto por la abogada en ejercicio ANTONIA ISABEL SANDOVAL CHACÓN, venezol.....