DISPOSITIVA
En consecuencia, por lo anteriormente señalado este Tribunal de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Procedente la aplicación del PROCEDIMIENTO POR CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, de conformidad con lo previsto y sancionado en el artículo 141 de la Ley Orgánica de Drogas, al ciudadano DANNY JOSE MEDINA PEÑALOZA, plenamente identificado en autos. SEGUNDO: En cuanto a la precalificación jurídica el Tribunal estima ajustada a derecho considerarlos como CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS de conformidad con lo previsto y sancionado en el artículo 141 de la Ley Orgánica de Drogas; TERCERO: En cuanto a la Medida de coerción personal este Tribunal acuerda la petición de la Fiscalía y adherencia de la defensa de autos, en consecuencia se Decreta: Medida Caut.....