En vista de los razonamientos antes expuestos, y visto además el incumplimiento por parte de la Alcaldía del Municipio San Cristóbal del estado Táchira, este Juzgado Superior impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la EJECUCIÓN FORZOSA de la sentencia Definitiva N° 129/2015, en los siguientes términos:
1.- Se convoca con carácter OBLIGATORIO a la parte Querellante debidamente asistido por un profesional del derecho y/o a sus apoderado Judicial, para el décimo (10°) día de despacho siguiente, a que conste en autos la ultima de las notificaciones, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), en la sede de la Alcaldía del San Cristóbal del estado Táchira.
3- Se certificará dicho acto ante la presencia del Jefe (a) de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio San Cristóbal, así como del representante de la Sindicatura del Municipio.
5.- Notifíquese a la Alcaldía y Sindicatura de la Alcaldía del Municipio San Cristóbal de.....