En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara lo siguiente:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la presente querella funcionarial interpuesta por el ciudadano Victor Julio Vargas Angarita, titular de la cédula de identidad N° V- 8.985.010, asistido por el abogado Héctor José Bermúdez Euse, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 65.765, contra el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), adscrito al Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz.
SEGUNDO: Se declara que las acciones tomadas por la Administración Publica, en contra del querellante constituyen vías materiales de hecho, por medio de las cuales se sanciona al querellante con una supuesta destitución, se les sus.....