decide lo siguiente:
PRIMERO: SE DECLARA LA COMPETENCIA de este Tribunal para el conocimiento, sustanciación y decisión de la presente acción judicial.
SEGUNDO: SE DECLARA EL DECAIMIENTO DEL OBJETO DE LA PRETENSIÓN de los querellantes, ciudadanos Silvana Coromoto Torres Carrillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.125.421 y Marco Antonio Acero Toro, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° v-13.762.943, que la Dirección de Educación de la Alcaldía del Municipio San Cristóbal o el Alcalde del Municipio en ejercicio de sus funciones procedan a realizarles el correspondiente ascenso a la categoría de docente VI, en la escuela en la Unidad Educativa Municipal Juana Maldonado, institución adscrita a la Alcaldía del Municipio San Cristóbal, motivado a que consta en autos, que en sede administrativa le fue otorgado a los querellantes la categoría de DOCENTES VI, por lo tanto, esta pretensión ya fue cumplida por la Administración Muni.....