Por la motivación que antecede, este Tribunal Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano Yefferson Berbesí Contreras, titular de la cédula de identidad N° V-23.540.140, asistido por el abogado JOSÉ RAMÓN NOGUERA PULIDO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 80.485, contra el acto administrativo Disciplinario Nro OCAP-D-003-15 emitida por el Cuerpo de Policía del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente proceso judicial.
TERCERO: Se ratifica la validez y el contenido del acto administrativo Disciplinario Nro OCAP-D-003-15, emitido por el Instituto Autónomo de Policía del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, indicando que el querellante no incurrió en la causal .....