Por la motivación que antecede este Tribunal Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Parcialmente con Con Lugar, la querella Funcionarial interpuesta por el ciudadano Henry José Bautista Andrade, titular de la cédula de identidad N° V.- 16.612.763 representado por el abogado Luis Alberto Guerra Rondón, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el N° 179.437, contra el Instituto Autónomo de Policía del Estado Táchira. En consecuencia:
PRIMERO: improcedente la caducidad alegada por la parte querellada.
SEGUNDO: Nula el Acta Constitutiva disciplinaria N° 8 de fecha 26 de septiembre de 2013, emanada del Consejo Disciplinario del Instituto Autónomo de Policía del Estado Táchira, mediante la cual destituye al ciudadano Henry José Bautista Andrade.
TERCERO: se ordena la reincorporación del ciudadan.....