SE REPONE la presente causa al estado en que se encontraba para el día 05/08/2016, ratificando el contenido del auto de fecha 05/08/2016 mediante el cual se admitió la reforma de la demanda de contenido patrimonial.
Así mismo, se acuerda la citación de la parte demandada: CONSTRUCTORA GALE 2000 C.A., y SEGUROS ALTAMIRA C.A. Y dado que, la codemandada SEGUROS ALTAMIRA C.A. tiene su domicilio procesal en la ciudad de Caracas, Distrito Capital; se le concede además un lapso de nueve (9) días como término de la distancia.
Líbrense las respectivas boletas de citaciones, debiendo anexarse copia certificada: Del libelo original de la demanda de contenido patrimonial; del auto de fecha 03/04/2012 mediante el cual se admitió la demanda primigenia; del escrito de la reforma de la demanda de fecha 23/04/2014; del auto del 05/08/2016 a través del cual se admitió la reforma de la demanda; y del presente auto.
Téngase este auto como complemento del auto de fecha 05/08/2016, a través del cual se a.....