Conforme al criterio jurisprudencial en parte transcrito, este Órgano Jurisdiccional considera procedente la solicitud incoada por los diligenciantes y en consecuencia, procede a la remisión de la misma, a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de su tramitación. Líbrese Oficio. Cúmplase.
El Juez,
Dr. José Gregorio Morales Rincón
El Secretario;
Abg. Ángel Daniel Pérez Urbina.
Asunto: N° SP22-S-2017-000018
JGMR/ADPU/BADS.-