REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
de la Circunscripción Judicial del estado Táchira
San Cristóbal, 09 de Agosto de 2018.
208º y 159°
ASUNTO PRINCIPAL: SP22-G-2018-000033.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 141/2018
Abierto el lapso de promoción de pruebas, se observa que la parte querellante en la celebración de la audiencia preliminar consignó escrito de promoción de pruebas (f50-52). Asimismo, se infiere que en fecha 08/08/2018 la Sindicó Procuradora del Municipio Guasimo del estado Táchira, presentó escrito de promoción y anexos.
En este sentido, siendo la oportunidad para emitir pronunciamiento sobre la admisibilidad de los medios probatorios promovidos, este Tribunal pasa hacerlo de la forma siguiente:
• De las Pruebas de la parte querellante:
.- Respecto a las pruebas documentales; el Tribunal las admite en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes, salv.....