Por la motivación que antecede, este Tribunal Superior estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
Primero: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de contenido patrimonial, interpuesta por la entonces Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE) hoy CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL S.A. (CORPOELEC), contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA BERMEJA R.L.
En consecuencia, el Tribunal considera procedente el pago de las sumas siguientes de dinero:
Bs. 24.097,24 por concepto de cláusula penal.
Bs. 8.731,00 como indemnización de la obra no ejecutada.
Segundo: SE DECLARA EL DECAIMIENTO DEL OBJETO DE LA CAUSA en lo que respecta a la reclamación de la suma de Bs. 23.335,35, por concepto de anticipo. Ello, en virtud del pago efectuado por la parte demandada, lo cual fue reconocido por la p.....