Se ordena a la Alcaldía del Municipio Jáuregui del Estado Táchira adecuar la relación arrendaticia conforme a lo dispuesto en la Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario Para el Uso Comercial vigente, específicamente lo siguiente:
1.- Disposición Transitoria, Primera: Todos los contratos de arrendamiento vigentes a la fecha de entrada en vigor de este Decreto Ley, deberán ser adecuados en un lapso no mayor a seis (06) meses a lo establecido en el presente Decreto Ley.
2.- Primeramente, la Alcaldía del Municipio Jáuregui deberá indicar al arrendatario la cuenta bancaria donde se efectuara el pago del canon de arrendamiento, cuenta que no puede ser clausurada durante la relación arrendaticia, a efectos de que el arrendatario pueda realizar el pago del canon de arrendamiento, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario Para el Uso Comercial vigente, pues, al arrendatario no tener certeza donde debe pagar el c.....