Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, el presente recurso contencioso administrativo funcionarial de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los dos (2) días del mes de octubre de dos mil diecisiete (2017). Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
El Juez,
Dr. José Gregorio Morales Rincón
El Secretario,
Abg. Yorley Marina Arias Sabala.
La sentencia anterior se publicó en su fecha siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.). .....