En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SE DECLARA LA PERDIDÁ DEL INTERÉS PROCESAL en la prosecución de la demanda, incoada por los abogados Rafael Ignacio Núñez Flores y Génesis Fabiola Aguilar venezolanos titulares de la cedula de identidad Nos. V- 9.216.991 y 21.001.639, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo los Nos° 32.345 y 258.086 respectivamente, en contra de la Alcaldía del Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, por el cobro de honorarios profesionales.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los dos (02) días del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017).....