En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara lo siguiente:
PRIMERO: Este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, SE DECLARA COMPETENTE, para el conocimiento de la presente querella funcionarial.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE por haber operado la caducidad, la solicitud de la parte acciónante relacionada con la Indemnización por enfermedad ocupacional, determinada por la Dirección Regional de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Táchira y Municipios Páez y Muñoz del Estado Apure, marcada con el No.- DT-1436-2010, según la Consulta Medica Ocupacional N° CMO: 0121/2011, de fecha 27/07/2011, notificada en la misma fecha; indemnización que solicita por un monto de Bs.- 317.7.....