Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PERECIDO el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano MIGUEL HUGO CHAVEZ MAYTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 22.673.716, contra la decisión dictada en fecha 10 de julio de 2014, por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la cual homologó el convenimiento suscrito entre las partes.
Remítase el presente Recurso al Tribunal de origen en su oportunidad legal.
Regístrese, Publíquese y déjese copia para el archivo del Tribunal.