Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PERECIDO el Recurso de Apelación intentado por el Abogado FELIX GREGORIO LABRADOR HERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 3.794.835, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 111.322, con el carácter de Apoderado Judicial de SERGIO TULIO BONILLA PEÑA, contra la decisión dictada en fecha 20 de Noviembre de 2013, por el Juzgado Primero Accidental de Primera Instancia de Juicio de éste Circuito Judicial de Protección.