Por lo anteriormente señalado esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley AUTORIZO AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a el niño (se omite su nombre, conforme a la sentencia con carácter vinculante dictada en el Expediente N° 13-0318, de fecha 12 de noviembre del 2013, por la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.) para se Residencien Permanente, Panamá, distrito San Miguelito, Corregimiento Omar Torruos, los Andes2, sector D casa N° 37. En compañía de su progenitora la ciudadana YERALDINE LISSETH CASANOVA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-19.976.224.