En fecha 12 de mayo de 2017, se celebró la audiencia, en la cual previa valoración de los documentos consignados en el expediente, se publicó el fallo de la misma, declarando CON LUGAR la solicitud de Autorización para Representar, presentada por el ciudadano DANIEL ALBERTO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 13.792.438, en beneficio del niño (SE OMITE SU NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), venezolano, de 05 años de edad, identificado con Acta de Nacimiento N° 2176/2011 de fecha 08 de Diciembre de 2011, expedida por el Registro Civil de las Unidades Hospitalarias Publicas del Municipio San Cristóbal. Y ASI SE DECIDE.
Esta Juzgadora pasa a decidir en base a las siguientes consideraciones:
Por los razonamientos antes expuestos y cumplidos todos los requisitos de Ley, es por lo que esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación.....