Vista la solicitud suscrita por la ciudadana LAURA AMARIELIS GARCIA GARCIA, titular de la cédula de identidad Nro. V.-13.763.378, actuando en beneficio e interés de la niña se omite el nombre de la niña según lo establecido en el artículo 65 de la Ley Especial, mediante la cual manifiesta el REC0NOCIMIENTO VOLUNTARIO INCIDINTAL que manifestó el ciudadano JESUS PASCUAL LABRADOR, en expediente de Obligación de Manutención Nro. 735-2008, que cursa por ante el Juzgado del Municipio Jáuregui (La Grita), y pide se tenga como legal tal incidencia.
Revisado como fue dicho expediente cuya copia certificada corre inserta a los folios del 08 al 25, en donde el ciudadano JESUS PASCUAL LABRADOR, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V.-13.305.547, con domicilio en el Barrio Medarda Piñero, casa Nro. 1-81, Seboruco, Municipio Seboruco del Estado Táchira, en Acta de fecha 21 de mayo de 2008, manifestó ser el padre de la niña se omite el nombre de la niña según lo establecido en el artí.....