Revisada como ha sido la incidencia planteada por la Defensa Técnica, quien aquí decide, en garantía de la Tutela Judicial Efectiva, el derecho a la defensa y al debido proceso consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el Articulo 81 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, ACUERDA LO PETICIONADO por el Profesional del Derecho antes mencionado, y en razón de ello ORDENA: NOTIFICAR AL DOCTOR JESUS VIZCAINO y oficiar al IPASME, a los fines de que comparezcan a la audiencia de Juicio Oral y Reservado fijada para el día 29 DE AGOSTO DE 2018 A LAS 09:30AM ASI SE DECIDE-CUMPLASE.-