DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara CULPABLE, al ciudadano MIGUEL JACOBO SUPELANO CARDENAS, venezolano, titular de la Cédula de Identidad 5.673.398 y domiciliado EN Valle Arriba Country Club, avenida 19 de abril, casa N° 2, San Cristóbal Estado Táchira, teléfono: 0416-6766596, de la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, tipificado en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a un Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana YAMILE MERCEDES JIMENEZ UZCATEGUI.
SEGUNDO: En consecuencia se condena a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, y la accesoria de ley prevista en el artículo 66 numeral 2.
TERCERO: Igualmente se.....