Se decreta medida cautelar sustitutiva a la medida judicial preventiva de libertad al imputado Pedro Isidro Celis Jaimes, venezolano, titular de la cédula de identidad, No V-13.973.806, fecha de nacimiento 07/04/1979, de 38 años de edad, estado civil Soltero, Residenciado En El Barrio El Libertador, Carrera 4, Casa Numero 2-15 Municipio San Cristóbal Del Estado Táchira, N° de Teléfono 0276-3567628, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de violencia física agravada, previstos y sancionados en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de Ana Jaimes, imponiéndosele el cumplimiento de las siguientes obligaciones: 1.- Presentaciones cada (30) días por ante la Oficina de Alguacilazgo. 2.- Una charla ante el equipo interdisciplinario Y. 3.- Someterse al proceso, de conformidad con el artículo 95 numeral 8 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Vi.....