PRIMERO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión de Nelson Orlando Pico Useda, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-23.244.550, natural Cúcuta, Colombia, fecha de nacimiento 21/06/1979, de 38 años de edad, profesión u oficio comerciante, estado civil soltero, residenciado en el Barrio 5 de Julio Calle 9, Casa Sin Número, diagonal a la planta de llenado de Agua, La Fría, Municipio García de Hevia, estado Táchira, teléfono 0424-7222566 (Tío Henry Pico), a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de violencia física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de Odalis María Rosado Urdaneta, por encontrarse llenos los extremos del artículo 96 de la Ley Especial que rige la materia.
SEGUNDO: Por ser una facultad de la Fiscalía Ministerio Público, se ordena la prosecución del proceso por los trámites del procedimiento especial, de .....