DECRETA medida cautelar sustitutiva a la medida judicial preventiva de libertad al imputado Omar Eloy Rosales Chacon, plenamente identificado, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de violencia física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de Yanelys Amarilis Morales Villanueva, imponiéndosele el cumplimiento de las siguientes obligaciones: 1.- Presentaciones cada (45) días por la oficina de alguacilazgo. 2.- Charlas ante el equipo interdisciplinario 3.-Someterse al proceso, de conformidad con el artículo 95 numeral 8 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.