Se decreta medida cautelar sustitutiva a la medida judicial preventiva de libertad al imputado Yexson Gleniel Bautista Guerrero, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-19.768.325, natural de San Cristóbal, estado Táchira, fecha de nacimiento 19.768.325, de 29 años de edad, profesión u oficio obrero, estado civil soltero, residenciado en el Barrio El Paraíso, sector Rómulo Gallegos, calle 1, casa N° 2-1, municipio San Cristóbal, estado Táchira, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de violencia física agravada, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de Laura María Plata González, imponiéndosele el cumplimiento de las siguientes obligaciones: 1.- Presentaciones cada noventa (90) días por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Penal de Violencia contra la mujer. 2.- Una (01) charla ante el equipo interdisciplinario de este Circu.....