Se amplia el plazo de la suspensión condicional del proceso por un (01) año, al imputado Alexander Remolina Ferreira, quien deberá obligatoriamente cumplir con las siguientes obligaciones: 1.- Acudir ante la Unidad Técnica de Apoyo del Sistema Penitenciario cada cuatro meses (04) para que se le nombre delegado de prueba. 2.- La donación de mercados a la Casa Abrigo Corazones Nuevos, ubicada en la calle 3 barrio El lobo frente a la Farmacia San Benito, San Cristóbal. 3.- Acatar y respetar la medida de protección y seguridad establecida en el artículo 90 numeral 6, y 13 y revoca la del N° 5, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida. 4.- Someterse al Proceso. 5.- Obligación de asistir a la audiencia especial de verificación de condiciones por ampliación en fecha 11 de junio de 2019 a las nueve (09:00) horas de la mañana para verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas.