DISPOSITIVA:
Este Tribunal una vez oídas las exposiciones de las partes, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se admite en su totalidad la acusación presentada en contra del ciudadano JOSE ARMANDO RAMIREZ BARRIOS, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 5.028.963, por el delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 45, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de conformidad con el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se admite en su totalidad los medios de pruebas presentados por el Ministerio Público en la acusación. La defensa no promovió medio de prueba alguno, acogiéndose al principio de la comunidad de la prueba; TERCERO: Se ratifica la medida de privación judicial preventiva de libertad y de seguridad y protección acordadas desde el inicio del procedimiento; CUARTO: Se ordena el enjuic.....