Este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CONTROL DE AUDIENCIAS Y MEDIDAS NUMERO UNO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL Y EN CONSECUENCIA DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a JOSÉ GREGORIO ÁLVAREZ, residenciado en la calle principal de Santa Eduviges, al lado de la Línea de Taxis Táriba Móvil, segundo piso, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, teléfono 0424-7298234, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA Y VIOLENCIA FÍSICA previstos y sancionados en los artículos 39, 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de LUZ IRAIDA MOROS BÁEZ, de conformidad con lo señalado en el artículo 318.3, en concordancia con los artículos 48 ordinal 8° y 108.5 del Código Penal. Notifíquese de la pres.....