REF.- DECRETO DE CESE DE MEDIDA CAUTELAR
Visto el escrito presentado en fecha 26-10-2016 por la defensa del imputado de autos, ciudadano EDUARDO ENRIQUE MEDINA CASTRO, mediante el cual solicita el cese de las presentaciones que ha cumplido cabalmente desde el día 17-08-2015, fecha en la cual fue presentado por flagrancia, imponiéndosele el cumplimiento de las siguientes obligaciones: 1.- Presentaciones por el Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, 2.- Someterse al proceso, de conformidad con el artículo 95 numeral 8 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y así se decide. Este Tribunal para decidir observa: que la Ley especial de la materia de delitos de violencia contra la mujer, establece en su artículo 82 que el Ministerio Público dara término a la investigación en un plazo que no excederá de cuatro (04) meses, en el presente caso el Fiscal no ha presentado el respectivo acto conclusivo, por lo cual seria gravoso .....