Por todo lo anteriormente expuesto, Este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CONTROL DE AUDIENCIAS Y MEDIDAS NUMERO UNO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL Y EN CONSECUENCIA DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a GARCIA SANDOVAL JAIME, Extranjero de nacionalidad colombiano, titular de la Cédula de Ciudadanía N° V-13.503.584, residenciado en El Corozo, Sector Las Cruces, Parte Alta, Casa S/N, Municipio Torbes, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de AMENAZA Y VIOLENCIA PSICOLOGICA previstos y sancionados en el artículos 41 y 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una vida Libre de Violencia, en perjuicio de MARQUEZ DE GARCIA MARIA ZORAIDA, de conformidad con lo señalado en el artículo 318.3, en concordancia con los artículos 48 ordinal 8° y 108.5.....