PRIMERO: SE ADMITE totalmente LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía décimo octava del Ministerio Público en contra del acusado JOEL GONZALEZ NIÑO, Venezolano, natural de Barinas, con cedula de identidad N° V-16.574.438, de 26 años de edad, nacido en fecha 22-10-1984, de profesión inspector de seguridad, residenciado urbanización Simon bolívar, calle carvajal, casa 1-71, san Cristóbal, Estado Táchira 0276-3477116, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión de los delitos AMENAZAS AGRAVADA Y VIOLENCIA FISICA AGRAVADA previstos y sancionados en el artículo 41 Y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de LIGIA ANDREINA MIQUILENA, así como se admiten totalmente las pruebas promovidas por el Ministerio Público por los hechos cometidos en las circunstancias de tiempo, modo y lugar establecidos en la Resolución Acusatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numerales 2° y 9° del Código .....