PRIMERO: SE ADMITE totalmente LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía vigésima octava del Ministerio Público en contra del acusado JOSE NIELSEN CHACON, venezolano, con cédula de identidad N° V-8.100.091, de 48 años de edad, nacido en fecha 16-03-1963, de profesión agricultor, residenciado barrio Juan Galias Contreras, calle principal casa N° 11, la fría estado Táchira 0424-7070136 y 0277-9893555, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio EVERGELINA MARTINEZ RAMIREZ, así como se admiten totalmente las pruebas promovidas por el Ministerio Público por los hechos cometidos en las circunstancias de tiempo, modo y lugar establecidos en la Resolución Acusatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numerales 2° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SUSPENDE EL PROCESO c.....