PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano MIGUEL ARCEDES ANGULO ESTEVEZ en contra del MUNICIPIO FERNANDEZ FEO DEL ESTADO TÁCHIRA.
SEGUNDO: Se le ordena a los autoridades y representantes del MUNICIPIO FERNANDEZ FEO DEL ESTADO TÁCHIRA, acatar el contenido de la providencia administrativa signada con el No. 25/2013, de fecha 07 de Enero de 2013, a través de la cual se ordenó el reenganche del ciudadano MIGUEL ARCEDES ANGULO ESTEVEZ identificado con la cédula de identidad No. V-13.604.752., a su puesto de trabajo.
TERCERO: Se exime de condenatoria en costas a la parte accionada conforme al contenido del artículo 33 de la Ley Orgánica de amparo sobre derechos y garantías constitucionales.
CUARTO: Se le advierte a las partes y a todas las autoridades de la República que el presente fallo es de obligatorio cumplimiento en los términos y condiciones establecidos en él, por estar destinado a la protección de derechos fundamentales so pena de .....