En consecuencia, visto que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, éste Juzgado Primero Accidental de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia, en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada y por cuanto consta en el expediente el pago total de lo convenido, se da por concluido el proceso y se ordena la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución para su archivo definitivo.
EL JUEZ,
ABOG. JOSE LEONARDO CARMONA G.
El demandante
Apoderado Judicial del demandante
Apoderado Judicial de la empresa demandada
LA SECRETARIA,
ABOG. LISBETH PINEDA