Por la motivación antes expuesta este JUZGADO PRIMERO ACCIDENTAL DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA por cobro de beneficio consagrado en la Ley Programa de Alimentación interpuesta por la ciudadana NAHIBY GERALDINE SALVATIERRA LIZCANO en contra de la empresa LABORATORIO FOTOGRAFICO DE OCCIDENTE C.A."LA FOCA".
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo no hay condenatoria en costas en virtud que la trabajadora devengaba para el momento de la terminación de la relación de trabajo menos de tres (03) salarios mínimos mensuales.
EL JUEZ,
ABOG. JOSE LEONARDO CARMONA G. LA SECRETARIA,
ABOG. LISBETH PINEDA
En la misma fecha y previa las formalidades de ley, siendo las o.....