DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO interpuesto por la ciudadana TINA SARCINELLI PELLIZZARI, titular de la cédula de identidad N° V.-5.659.092, con el carácter de apoderada general de la sociedad mercantil PREACERO PELLIZZARI C.A., asistida por el abogado JESUS ALBERTO LABRADOR SUAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 14.245, en contra del auto de fecha 31 de octubre de 2012, emanado de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO CIPRIANO CASTRO DEL ESTADO TÁCHIRA, expediente administrativo Nº 056-2012-01-00992, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos de los ciudadanos MIGUEL ANGEL OSORIO VITANARE, JHONATHAN JAVIER DIAZ MEJIA, WILLIAM JOSE USECHE PATIÑO, ENDER YALEXIS ALVAREZ VILLASMIL, dándole efectos de la cosa juzgada y una vez transcurrido el lapso para recurrir de la presente decisión, se declarará terminada la causa y se ordenará el archivo del expediente.