La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de QUINIENTOS CINCO MIL BOLIVARES (BS.505.000,oo) pagaderos en ocho cuotas de sesenta y tres mil ciento veinticinco mil bolívares (63.125,oo) cada una, pagaderos en la sede del Tribunal en las siguientes fechas: 1.- Primera cuota el 4 de julio de 2014, 2.- Segunda cuota el 4 de agosto de 2014, 3.- Tercera cuota el 4 de septiembre de 2014, 4.- Cuarta cuota el 3 de octubre de 2014, 5.- Quinta cuota el 4 de noviembre de 2014, 6.- Sexta cuota el 4 de diciembre de 2014, 7.- Séptima cuota el 7 de enero de 2015 y 8.- Octava cuota el día 4 de febrero de 2015. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas, expíd.....