este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso por Oferta Real de Pago sigue el Abogado DIMAS MENDEZ BAEZ, titular de la cédula N° V.- 28.871.143, actuando en su propio nombre y representación, a favor del ciudadano JOHAN JAVIER ORTEGA, titular de la cédula de identidad N° V.- 10.151.743.