PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de CUATROCIENTOS TREINTA MIL BOLÍVARES EXACTOS(Bs. 430.000,00), que comprende todos los conceptos demandados en la presente causa, la antigüedad del trabajador, por cuanto las partes han decidido de común acuerdo dar por terminada la relación laboral, de dicho monto el trabajador ya ha recibido Bs.100.000 en fecha anterior, por lo que en este acto recibe el resto del monto en dos cheques por: Bs. 230.000,00 y otro por Bs.100.000,00 bajo los números:00001328 y 00001287 respectivamente, de la cuenta corriente de Alfarería Doña Flor C.A n° 0108-0128-18-0100168096 del Banco Provincial a nombre de LUÍS HERNANDO GUERRERO CHAPARRO, y con fecha del día de hoy. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de las partes, éstas manifiestan su entera conformidad con el acuerdo alcanzado y a su vez declaran que nada queda pendiente por ninguno de los conceptos reclamados en la dem.....