Y, en virtud de que el recurso fue interpuesto en el término establecido en el artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal, pues dicho fallo fue publicado el 01 de junio de 2004 y el recurso de apelación interpuesto en fecha 08 del mismo mes y año, de donde se infiere que se hizo dentro del lapso legal, esta Corte de Apelaciones, ADMITE dicho recurso y fija para el sexto día de audiencia siguiente al de hoy, a las once y treinta (11:30) de la mañana, la celebración de la audiencia oral, conforme a lo dispuesto en el primer aparte del artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal.