Se deja expresa constancia la incomparecencia de la parte actora CARLOS ANDRÉS SUÁREZ NIETO, con cédula de identidad N° V.-10.156.737, ni por sin ni por medio de apoderado judicial alguno. También se deja constancia la incomparecencia de la parte demandada CARLOS ANDRÉS SUÁREZ NIETO, con cédula de identidad N° V.-10.156.73. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO