La parte actora GUMERSINDO DURÁN DAZA, y procede a DESITIR DEL PROCESO, en este estado la aprte accionada toma el derecho de palabra y conviene el el referido Desistimiento, y por cuanto dicha manifestación de volunta no es contraria a las normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se devuelven las pruebas aportadas por las partes. Se ordena el archivo del presente asunto.