PRIMERO: Declara INTERRUMPIDO el debate oral y público, iniciado en contra del ciudadano EDUARDO NARVÁEZ HOYOS, de nacionalidad colombiana, natural de Bordo, Municipio de Patia, Departamento del Cauca, República de Colombiana, soltero, titular de la cédula de ciudadanía N° E-76.100.101, de profesión u oficio albañil, sin residencia fija en el país, por la comisión de los delitos de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas en perjuicio del estado venezolano en San Antonio del Táchira; el delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149, de la Ley Orgánica de Drogas en perjuicio del estado venezolano; y el delito de ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en Caracas Distrito .....