En Consecuencia este TRIBUNAL MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO NÚMERO DOS DE LA EXTENSION SAN ANTONIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
UNICO: se autoriza el traslado para el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira, por lo que se debe oficiar a la Policía de San Antonios, para que con las seguridades del caso, realicen el respectivo traslado, debiendo ser regresado el acusado de autos a su sitio de reclusión, ello en fundamento al artículo 19, 26, 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Regístrese, déjese constancia en el diario y déjese copia para el archivo del Tribunal.
LA JUEZ SEGUNDA DE JUICIO
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
LA SECRETARIA
ABG. BLANCA JANETH ACERO CAICEDO