ESTE Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Extensión San Antonio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: REVOCA la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, dictada en fecha 20-02-2006, y en su lugar se DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano JOSÉ RAFAEL ARISMENDI, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V. 11.166.3333, incurso en la comisión del delito de Uso de Documento falso, previsto y sancionado en el artículo 323 en concordancia con el 320, ambos de la ley sustantiva penal, consistente en la obligación de presentarse una vez cada sesenta (60 días ante la oficina de alguacilazgo; todo de conformidad con el numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 264 ejusdem.
SEGUNDO: Asume la competencia y en consecuencia se co.....