UNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 49 numeral 7°, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 46 ejusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano JOSE RUBEN MINA BALANTA, quien dice ser de nacionalidad colombiana, natural de Cauca Departamento del Cauca, República de Colombia, nacido en fecha 29 de noviembre de 1969, de 44 años de edad, hijo de Edmundo Mina (f), y de Mélida Balanta (f), titular de la cédula de ciudadanía No. 10.740.416, soltero, Mecánico; por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio de la fe pública, de conformidad con lo dispuesto en el 300 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese y déjese copia de la decisión para el Archivo del Tribunal. Vencido el lapso de Ley, remítase la causa al Archivo Judicial. Ofíciese a la Oficina de Al.....