PRIMERO: SE CONDENA al acusado JOSÉ ARMANDO SUÁREZ MOSQUERA, de nacionalidad venezolana, natural de Ureña, Estado Táchira, nacido en fecha 25 de Mayo de 1976, de 37 años de edad, hijo de Euripides Suárez (f) y de María Cristina Mosquera (v), soltero, Chofer, titular de la cédula de identidad No. V-15.956.374, domiciliado en la calle 9 con carrera 7, No. 9-57, Barrio el Caney, a una cuadra de la Ferretería el Núcleo, Ureña, Estado Táchira, teléfono 0426-174.26.31 (esposa) y 0426-972.23.96; a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE MATERIALES ESTRATÉGICOS, previsto y sancionado en el artículo 3 de la ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, en perjuicio del Estado Venezolano, todo de conformidad con el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, por haber declarado y admitido de manera libre, sin apremio y voluntaria su admisión de los hechos. Se condena igualmente al acusado a cumplir las penas accesorias establecidas e.....