RESUELVE
UNICO: .- Se revisa a solicitud de parte, la Medida Cautelar Sustitutiva de Privación Judicial Privativa Preventiva de la libertad existente sobre el ciudadano DANIEL ALEJANDRO ROMERO SANCHEZ, de nacionalidad colombiana, natural de Bogotá República de Colombia, con la cédula de ciudadanía N° C.C.-1072660825, fecha de nacimiento 24/04/1991, de 20 años de edad, de estado civil soltero, estudiante, sin residencia fija en el país,.a quien se le sigue el presente asunto penal, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano, eximiéndole de presentar los fiadores y el apoyo familiar requeridos en el auto de fecha 27 de Febrero de 2012 y de fecha 19-03-2012, manteniéndose con toda su fuerza y vigor las demás condiciones impuestas, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 en sus numerales 2, 3, 4, y 9 del Código Orgán.....