PRIMERO: Declara INTERRUMPIDO el debate oral y público, iniciado en contra del ciudadano: LUIS ALIRIO ALBARRACIN QUINTANA, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, natural de San Alberto César, República de Colombia, nacido en fecha 20/03/1974, de 36 años de edad, con Cédula de Ciudadanía N° CC-88.212.385, soltero, latonero, sin residencia fija en el país, a quien se le atribuye la comisión de los delitos Extorsión, Instigación Pública, y Resistencia a la Autoridad, previstos y sancionados en los artículos 16 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión, 285 y 218 del Código Penal, incoado por la Fiscalía Vigésima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17, 318 y 320 del vigente Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ordena mantener el día 31 de julio de 2012, a las 11:00 horas de la mañana, la fijación del juicio oral y público en la presente causa.-
Regístrese, déjese copia, y noti.....